Cabildo Insular de Tenerife
El Pleno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de febrero de 2014, acordó aprobar el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por la realización de actividades administrativas de competencia del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife:
Anexo I. Tasas en materia de Caza.
Anexo I. Tarifas de las tasas en materia de caza.
1) Licencias para el ejercicio de la caza.
1.a) Licencias Clase A: autorizan el ejercicio de la caza con armas de fuego y cualquier otro medio autorizado, salvo los previstos en el apartado c) siguiente.
1.b) Licencias Clase B: autorizan el ejercicio de la caza con cualquier medio autorizado, salvo el uso de armas de fuego.
1.c) Licencias Clase C: autorizan el ejercicio de la caza con hurones. Los titulares de licencias de la Clase C deberán ser titulares, a su vez, de una licencia Clase A o B, según pretendan utilizar o no armas de fuego.
2) Certificación acreditativa de la condición de morralero.