Gobierno de Canarias
ORDEN de 14 de agosto de 2014, por la que se aprueban las instrucciones y directrices para la reintroducción, repoblación, traslado y suelta de especies cinegéticas vivas en el medio natural.
Primero.- En la gestión de las especies cinegéticas en el archipiélago canario, se han venido realizando actividades de fomento encaminadas, fundamentalmente, al mantenimiento de un stock poblacional que permita el desarrollo de la actividad cinegética. Estas actividades abarcan acciones tan variadas como las sacas y traslados de conejos desde áreas de mayor densidad para reforzar las poblaciones menos abundantes especialmente en Fuerteventura y Lanzarote, la cría en cautividad y suelta de perdices morunas en Tenerife y rojas en Gran Canaria, la repoblación con conejos en esta última, o las sueltas de perdices y codornices para el desarrollo de determinadas pruebas deportivas y concursos de caza. De acuerdo con la normativa de caza de Canarias, este conjunto de actividades están sujetas a autorización por parte del Cabildo insular correspondiente. En concreto, la reintroducción, repoblación, traslado y sueltas de especies cinegéticas vivas en el medio natural requieren autorización del correspondiente Cabildo Insular, previo informe favorable de la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza.
Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 174 Martes 9 de septiembre de 2014