Artículo 12.- Períodos hábiles, condiciones y limitaciones para la práctica de la caza menor en Tenerife.
A) Especies autorizadas:
Las especies cinegéticas autorizadas en Tenerife son el conejo, la perdiz moruna, la codorniz común, la tórtola común, la paloma bravía y los animales asilvestrados.
B) Períodos y días hábiles de modalidad:
· Conejo con perro en el sur de la isla: desde el 3 hasta el 15 de agosto.
· Conejo con perro y hurón en el norte de la isla: desde el 3 hasta el 15 de agosto.
· Conejo con perro y hurón en toda la isla: 17 de agosto hasta el 25 de septiembre.
· Conejo con perro, hurón y escopeta en toda la isla: desde el 28 de septiembre hasta el 2 de noviembre.
· Conejo con perro y hurón en el norte de la isla: desde el 6 hasta el 16 de noviembre.
·Conejo con perro en el sur de la isla: desde el 6 hasta el 16 de noviembre.
· Perdiz moruna, tórtola común, codorniz común y paloma bravía con perro y escopeta: desde el 28 de septiembre al 16 de noviembre.
A efectos de esta Orden, se considera sur de la isla desde el término municipal de Santa Cruz de Tenerife hasta el término municipal de Santiago del Teide, y norte de la isla desde el término municipal de San Cristóbal de La Laguna hasta el término municipal de Buenavista del Norte.
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