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jueves, 19 de julio de 2012

-El Cabildo pone un plazo, para los que quieran anular el permiso de armas de fuego

l final del anuncio publicado por la Consejera, ponemos a dispocisión de los cazadores la solicitud para los que quieran, anular su permiso de armas.



Procedimiento de anulación de licencias de caza Clase A.

Por Resolución de la Sra. Consejera Insular de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas, de fecha 11 de julio de 2012 se dictó la siguiente resolución:

“En fecha 17 de mayo de 2012 se celebró sesión ordinaria del Consejo Insular de Caza de Tenerife al objeto de informar sobre la Orden Canaria de Caza, tal y como preceptúa el artículo 3.a) de sus propios Estatutos de funcionamiento, acordándose por mayoría de los miembros presentes informar la viabilidad de apertura de caza de conejo con perro, hurón y escopeta desde el 16 de septiembre hasta el 4 de octubre, informe que fue remitido al Consejo Regional de Caza y cuyo contenido trascendió a los medios de comunicación.

Finalmente, la Orden de 27 de junio de 2012, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2012, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 127, de 29 de junio, no recogió la modalidad de caza de conejo que había sido informada por el Consejo Insular de Caza de Tenerife.

A raíz de la medida aprobada se han presentado algunas reclamaciones de devolución de importe de tasa por expedición de licencia de caza Clase A, motivadas en la creencia de que la medida informada por el Consejo Insular de Caza de Tenerife y publicitada en los medios iba a ser la definitiva.

La Orden Canaria de Caza es la norma jurídica que determina las modalidades y condiciones para la caza en cada isla y año, teniendo los acuerdos previos tomados al respecto en el Consejo Insular de Caza de Tenerife el carácter de informe-propuesta, preceptivos pero no vinculantes. No obstante, desde esta Consejería se entiende que la publicidad de los acuerdos del Consejo Insular de Caza pudo haber ocasionado la existencia de un error en aquellos cazadores que solicitaron y obtuvieron una licencia de caza Clase A tras la celebración del Consejo Insular de Caza de Tenerife y antes de la publicación de la Orden Canaria de Caza.

Al objeto de racionalizar y simplificar el procedimiento de anulación de las licencias de caza Clase A que pudieran estar viciadas por dicho error, y en virtud de las competencias atribuidas por el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife, resuelvo:

1.- Aprobar el siguiente procedimiento de anulación de licencias de caza Clase A concedidas desde el día 18 de mayo de 2012 hasta el día 29 de junio de 2012:

PROCEDIMIENTO DE ANULACIÓN DE LICENCIA DE CAZA CLASE A

1.- Interesados:
Tendrán la consideración de interesados aquellas personas que hayan obtenido una licencia de caza Clase A expedida por el Cabildo Insular de Tenerife desde el día 18 de mayo de 2012 hasta el día 29 de junio de 2012 (ambos inclusive).

2.- Solicitudes:
Aquellos interesados que deseen la anulación de su licencia de caza Clase A deberán presentar la correspondiente solicitud (en el modelo aprobado como Anexo I a las presentes normas) en el
Registro de Entrada del Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad Territorial y Aguas, o en los Registros General y Auxiliares del Cabildo Insular de Tenerife hasta el día 4 de agosto de 2012 (inclusive)

3.- Resoluciones provisional y definitiva de anulación:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras efectuar las comprobaciones oportunas, se dictará resolución con la relación de las licencias Clase A anuladas provisionalmente, concediendo un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife para que los titulares de las licencias anuladas entreguen el título documental de las mismas (tarjeta original) en la Unidad de Caza del Servicio Administrativo de Medio Ambiente y Sostenibilidad Territorial del Cabildo Insular de Tenerife, sito en planta 0 del Pabellón Insular Santiago Martín, Los Majuelos, La Laguna.

Finalizado dicho plazo, se dictará resolución con la relación de las licencias Clase A anuladas definitivamente, procediéndose a la publicación del correspondiente anuncio en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife.

4.- Devolución del importe de la tasa:
Para proceder a la devolución de la tasa abonada por la expedición de la licencia anulada definitivamente, el interesado deberá presentar en el Registro General o Auxiliares del Cabildo Insular de Tenerife modelo debidamente cumplimentado del Alta de Terceros con los datos de la cuenta bancaria en la se solicita el ingreso de la devolución de la tasa, acompañado de la documentación señalada en el mismo.

5.- Expedición de nuevas licencias de caza en el año en curso.
Las personas a las que se les haya anulado provisionalmente la licencia de caza Clase A podrán, previa entrega del título documental de la licencia (tarjeta original), solicitar la expedición de nueva licencia de caza conforme a la normativa vigente, previo la tarifa de la tasa correspondiente a la expedición de la nueva licencia.

6.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios del Cabildo Insular de Tenerife, dando traslado del mismo a la Federación Insular de Caza, Federación de Asociaciones para la Gestión Cinegética de la Isla de Tenerife, y Sociedades de Cazadores (colaboradoras o no)”.

En San Cristóbal de La Laguna, a 11 de julio de 2012.
La Consejera Insular de Área
Ana Guadalupe Mora Padilla