14/02/2009
UNA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE ASI LO ESTABLECE Y TANTO LAS CONDICIONES DE USO COMO LOS LIMITES DE LOS MISMOS SE HA PUBLICADO EN EL PERIÓDICO EL DÍA EN SU EDICIÓN DEL DÍA 13 DE FEBRERO.
Los campos autorizados son los siguientes:
ALTOS DE ARAFO Y GÜIMAR: Con los mismos lideros que el año pasado.
EL MAYORAZGO: En la zona de Hoya Fría con los mismos linderos del año pasado.
LOS FRAILES: En Arona junto a Las Galletas y l Fraile. Este campo se amplia en la zona del Campo de Fútbol, al colocar la propiedad la prohibición de accesco a los coches, hay que aparcar junto al campo de fútbol o en la pista asfaltada, y llevar los perros controlados hasta dentro del mismo.
EL PORÍS: En Arico con los mismos linderos del año pasado.
SAN JOSÉ DE LOS LLANOS: En el municipio del Tanque y Garachico, con los mismos linderos del año pasado.
MONTAÑA SAMARA: En Guía de Isora y Santiago del Teide, con los mismos linderos del año pasado.
EL SALVAJE: En el municipio de La Matanza, con los mismo linderos que elañao pasado.
SUBIDA A LAS CAÑADAS: En los municipios de La Orotava y Los Realejos. Con los límites siguientes: Norte: Pista de Fuente de las Mesas
Sur Carrertera C-821.
Este: Pista que desemboca en el KM 28 de la carretera C-821.
Oeste: Pista que une el Barranco de la Degollada y el Barranco de la Zarza.
CONDICIONES DE USO DE LOS CAMPOS DE ADIESTRAMIENTO:
1º.- Solo está permitido el adiestramiento, de un máximo de SEIS perros por cazador o por cuadrilla, en estos campos, en los campos de verano se pretende seguir como el pasado año 2008.
Hay que recordar, que no se puede usar el hurón. Se trata de adiestrar y no de cazar. Tampoco se podrán SOLTAR PIEZAS, PARA ADIESTRAR LOS PERROS.
2º.- Se comienza el domingo 15 de febrero, y acabará con el comienzo de los adiestramientos de verano. Estos campos podrán usar TODOS LOS DÍAS, de dicho periodo, desde la salida del sol hasta su puesta.
3º.- Todos los usuarios deben llevar la documentación exigida para la caza (licencia de caza en vigor, seguro de RR CC y la tarjeta de Caza Controlada).
4º.- El adiestramiento fuera de estos Campos, se considera "CAZAR EN ÉPOCA DE VEDA Y SERÁ SANCIONADO".
5º.- El acceso de los perros deberá hacerse bajo control. No se podrá estar con los perros sueltos en zonas de seguridad (carreteras asfaltadas) (nucleos de población)(casas aisladas)etc.
6º.-Los vehículos no deben obstaculizar los caminos ni accesos. Se recuerda que en El Fraile, los coches no pueden acceder dentro del Campo.
7º.- Las piezas cobradas accidentalmente se deben entregar a la Guardería que entregará un recibo de las mismas. Se entregarán dicha piezas posteriormente en centros benéficos.
8º.- Se deben respetar los límites de los campos, así como las señales que marcan los mismos, en beneficio del colectivo. El desconocimiento de los límites o la ausencia de alguna señal, no excusa de la infracción.
9º.- En el Salvaje La Matanza, se permitirá cuando comience en su día la temporada de caza, que se pueda cazar con perros y hurón, pero NO AHORA.
10º.- No está permitido entrenar con PALOS U OTROS OBJETOS, NI ACOSAR A LAS PIEZAS PARA SU CAPTURA
11º.- En lo no previsto en estas normas, se aplicará la legislación en materia cinegética.